I T E – INSPECCIÓN TÉCNICA EDIFICIOS
El notario podría echar atrás una venta si el piso se encuentra en un edificio sin ITE
Desde el 27 de mayo de 2015 es obligatorio que los edificios dispongan del certificado de aptitud.
Desde la aprobación del Decreto 67/2015 para el fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas, mediante las inspecciones técnicas y el libro del edificio, es necesario que los propietarios mantengan los edificios de viviendas y realicen la Inspección Técnica de los edificios de viviendas en los plazos que prevé la normativa, entre otros.Por eso es muy importante que se verifique que el edificio en el que se encuentra cualquier vivienda que se quiera vender disponga del certificado de aptitud. Si no es así, el notario podría decidir no tirar adelante con la operación como ya está pasando desde la entrada en vigor del decreto y además, el adquiriente tiene derecho a pedir el certificado de aptitud del edificio en que se encuentra ubicado.
Recuerda que la responsabilidad de pasar esta ITE recae sobre la comunidad de propietarios o el propietario único, cuando sea el caso, que es quien debe contratar un profesional cualificado (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) para llevar a cabo la inspección y el informe correspondiente. Una vez hecho este informe, quien representa a la comunidad tiene que presentarlo a la administración competente, también lo puede presentar el técnico que ha realizado la ITE.
API Peritos Inmobilarios
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El notario podría echar atrás una venta si el piso se encuentra en un edificio sin ITE
Desde el 27 de mayo de 2015 es obligatorio que los edificios dispongan del certificado de aptitud.
Desde la aprobación del Decreto 67/2015 para el fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas, mediante las inspecciones técnicas y el libro del edificio, es necesario que los propietarios mantengan los edificios de viviendas y realicen la Inspección Técnica de los edificios de viviendas en los plazos que prevé la normativa, entre otros.Por eso es muy importante que se verifique que el edificio en el que se encuentra cualquier vivienda que se quiera vender disponga del certificado de aptitud. Si no es así, el notario podría decidir no tirar adelante con la operación como ya está pasando desde la entrada en vigor del decreto y además, el adquiriente tiene derecho a pedir el certificado de aptitud del edificio en que se encuentra ubicado.
Recuerda que la responsabilidad de pasar esta ITE recae sobre la comunidad de propietarios o el propietario único, cuando sea el caso, que es quien debe contratar un profesional cualificado (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) para llevar a cabo la inspección y el informe correspondiente. Una vez hecho este informe, quien representa a la comunidad tiene que presentarlo a la administración competente, también lo puede presentar el técnico que ha realizado la ITE.
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