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CADENA DE TITULARIDADES

Historial que refleja mediante documentos, los diferentes titulares que una propiedad ha tenido a lo largo del tiempo, desde el primero hasta el último.

Calificación registral

Valoración realizada por el Registrador de la Propiedad sobre la procedencia o no de la inscripción de un determinado derecho en el Registro de la Propiedad.

CAMPO

Terreno en zona no urbana, o fincas rústicas.

Cancelación de la hipoteca

Una vez llega el final de la hipoteca y se han pagado todas las cuotas, se debe cancelar la hipoteca mediante una escritura y una inscripción en el Registro de la Propiedad.

Cancelación registral

Eliminación en el Registro de la Propiedad de la Inscripción de la carga que figura sobre una finca. Puede ocurrir que un préstamo hipotecario esté totalmente pagado, pero que sin embargo, la hipoteca figure aún en el Registro. Para que desaparezca esa hipoteca tiene que firmarse una escritura de cancelación que debe liquidar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentos y con posterioridad ser inscrita en el Registro, anulando la carga a la que hace referencia.

Canje

Consiste en cambiar unos valores por otros similares pero con características diferentes.

Cantidades Garantizadas

Importe total de la deuda que cubre la hipoteca, no sólo es el principal que se ha prestado, también incluye una cantidad por intereses y las posibles costas por un juicio por impagados. Es la base que se utiliza para el cálculo de los honorarios del notario en la escritura de hipoteca.

Capacidad de endeudamiento

La cuota a pagar se calcula en función de los ingresos netos mensuales y los bancos recomiendan que no supere el 35% de los mismos. No obstante, este límite que puede ser asumible en periodos como el actual, de bonanza económica y bajos precios en tipos de interés, puede verse alterado en otras coyunturas. Si bien, desde el punto de vista del devengo de intereses, resulta recomendable un período de 15 años para amortizar el préstamo, es prioritario el poder hacer frente a los sucesivos pagos.

CAPACIDAD ECONÓMICA

Aptitud o capacidad que se revela al realizar una serie de acciones jurídicas o económicas que pueden elevar o disminuir el patrimonio o riqueza de una persona física o jurídica.

Capacidad jurídica

Aptitud de una persona para asumir derechos y obligaciones en un contrato.

Capital

Importe nominal del préstamo hipotecario. Total de la deuda pendiente, sin incluir los intereses.

CAPITULACIONES MATRIMONIALES

Las capitulaciones matrimoniales constituyen la posibilidad reconocida a los contrayentes de pactar un régimen económico, que regule las relaciones económico-patrimoniales del matrimonio, y deben ser otorgadas en escritura pública. Además de los aspectos relativos al régimen económico del matrimonio, pueden pactarse otras instituciones de derecho de familia, siendo ello especialmente frecuente en algunas legislaciones de Derecho foral.

Capitulaciones matrimoniales

Contrato que realizan los contrayentes sobre la regulación del régimen económico matrimonial.

Carencia

Periodo en el cual solamente pagamos intereses.

Carencia total

Periodo en el que no se paga ni intereses ni capital.

Cargas

La Agencia Inmobiliaria hará posible que, en el momento de comprar su vivienda, esté libre de toda limitación de propiedad.

Catálogos de protección del P.G.O.U

Documento del P.G.O.U., que mediante listados, planos, fichas individuales, establecen los diferentes regímenes de protección del patrimonio histórico-artístico y natural.

CATASTRO

Es el inventario y registro de la propiedad inmobiliaria, pública y privada, urbana y rural de un territorio o país en sus aspectos físicos, jurídicos y valorativos.

CECA

Tipo de referencia utilizado para determinar el interés de los préstamos hipotecarios a tipo variable, que corresponde al tipo medio de los préstamos de uno a tres años y de los préstamos hipotecarios para la adquisición de la vivienda libre de tres o más años.

Cédula catastral

Del contenido de esta cédula dependerá el importe del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Es un documento expedido por el Catastro, que revela las características físicas y la condición de vivienda de la finca y también recoge si el valor catastral, trascendente a efectos fiscales, es decir, ITP, IVA, IRPF, Impuesto sobre el Patrimonio, etc.

Cédula de habitabilidad

Es el documento que presupone al idoneidad de la finca para el uso al que se destina la vivienda y se debe hacer previamente a la ocupación de una vivienda de nueva construcción. Por esa debemos de exigirla. Obligatorio para escriturar una vivienda en muchas comunidades en España. Según normas y requisitos.

Cédula Hipotecaria

Valores emitidos por una determinada entidad garantizados por los préstamos hipotecarios de la misma.

Cédula urbanística

La cédula urbanística es un documento expedido por el Ayuntamiento respectivo que confirma la legalidad de la construcción del inmueble (licencia de las obras, aprobación del proyecto y a la primera utilización). Si se trata de la adquisición de una vivienda de primera mano, es fundamental acreditar la legalidad urbanística.

CENSO

Derecho real de contenido limitado, que se proyecta sobre una finca ajena y que atribuye el derecho a percibir prestaciones reiteradas, en dinero o especie, que ha de entregar el propietario o poseedor de la finca gravada con el censo.

Central de Anotaciones de Banco de España

Cámara de compensación en la que cotiza la Deuda del Estado español.

CERTIFICADO DE GRAVÁMENES

Es aquel documento en que se indican las cargas, como hipotecas, embargos judiciales, entre otros, que pueden existir sobre un bien inmueble. Este documento es expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos, su trámite demora cinco días útiles aproximadamente, contando desde la fecha en que se presenta la solicitud.

CERTIFICADO DE HABITABILIDAD

Es una certificación que es emitida por la autoridad administrativa, dando fe, que el inmueble cuenta con los requisitos mínimos para ser ocupada, brindando a la vez, capacidad para contratar los diversos servicios que se requiere, como agua, luz, etc.

CERTIFICADO NEGATIVO DE PROPIEDAD

Es aquel documento en que se indica que la persona natural o jurídica quien solicitó el documento no posee bienes inmuebles. Este documento es expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos, su trámite demora cinco días útiles aproximadamente, contando desde la fecha en que se presenta la solicitud.

CERTIFICADO POSITIVO DE PROPIEDAD

Es aquel documento en que se indica los inmuebles de los que es propietaria la persona natural o jurídica quien solicitó el documento. Este documento es expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos, su trámite demora cinco días útiles aproximadamente, contando desde la fecha en que se presenta la solicitud.

Certificado registral

Documento legitimado y expedido por el Registro de la Propiedad, en el que se declara la situación de cargas respecto a una finca.

CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO

Identificado con sus siglas CRI. Es aquel documento en que se indica el nombre del propietario del inmueble y los gravámenes que existen sobre el mismo. Este documento es expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos, su trámite demora siete días útiles aproximadamente, contando desde la fecha en que se presenta la solicitud.

CHACRA

Finca de escasa extensión destinada al cultivo de hortalizas, cría de aves de corral, etc.

CHALET

Casa o finca de recreo. En la actualidad se refiere a casas que responden a un estilo que presenta techos con caídas fuertes, normalmente de tejas, en lotes con jardín.

También llamada Torre en Cataluña

Cheque

Documento parte de un talonario por el que se puede hacer disposición del dinero que una persona tiene disponible en una cuenta corriente.

CHEQUE AL PORTADOR

Aquel que puede ser cobrado por cualquiera que lo presente ante la entidad financiera que figura en el mismo.

Cheque Conformado

Es un cheque en el que consta, en el anverso del mismo, la aprobación del banco de que hay fondos suficientes para hacer frente al pago.

CHEQUE CRUZADO

Cheque que lleva dos barras paralelas que le impiden ser cobrado en efectivo. Debe ser ingresado en cuenta.

Cheque Nominativo

El extendido a nombre de cualquier persona física o jurídica

CIRVE

Central de Información de Riesgos del Banco de España, donde recurren las entidades para consultar los niveles de riesgo de los solicitantes de un préstamo (préstamos pendientes de devolución)

CLASIFICACIÓN

En urbanismo hace referencia a la técnica de categorización del suelo, según su destino urbanístico básico: suelo urbano, urbanizable, no urbanizable.

Cocina

Pieza de la casa en que se guisa la comida

COMISIÓN

Retribución o porcentaje que se percibe en concepto de mediación en un negocio.

Comisión de Apertura

Cuantía a abonar a la entidad por la concesión del préstamo.

Comisión de Cancelación Anticipada Parcial

Importe a abonar al banco por pagar antes del plazo pactado una parte del dinero que se prestó.

Comisión de Cancelación Anticipada Total

Importe a abonar al banco por pagar antes del plazo pactado la totalidad del dinero que se prestó.

Comisión de Cierre

Al efectuarse el último plazo del préstamo, se debe formalizar la carta de pago del banco, mediante escritura pública inscrita en el Registro, que anula la hipoteca que existe sobre el bien. Tenemos por lo tanto, unos gastos de notaría y registro que afectan al préstamo, y que se cargan como comisión de cierre.

Comisión de entregas a cuenta

Es un supuesto similar al de la cancelación anticipada, pero en este caso, la devolución no es sobre el importe total pendiente, sino únicamente sobre una parte.

Comisión de Estudio

Es un pago que hace a la entidad financiera, al inicio de la operación, en concepto de análisis y concesión del préstamo. Suele ser un porcentaje y tiene un mínimo. Como todas las comisiones también es negociable.

Comisión de Subrogación

Es el pago que recibe una entidad financiera por el cambio de la persona titular del préstamo (ver subrogación). Este cambio tiene que ser autorizado por la entidad financiera. Normalmente se produce cuando una persona adquiere una vivienda a un constructor que a su vez tenía una hipoteca sobre la vivienda.

Comisión por amortización anticipada

Ver Comisión de cancelación anticipada.

Comisión por gastos de envío de recibos

Es el pago, normalmente fijo, que se le hace a la entidad financiera en concepto de los gastos que ésta tiene al enviar los recibos al domicilio del titular del préstamo.

Comisión por modificación de contratos

Es el pago que se hace a la entidad financiera en concepto de los gastos administrativos que le produce la modificación del contrato original. Suele calcularse como un porcentaje sobre el capital pendiente de pago. También se la conoce como comisión por novación.

Comisión por No amortización

Si uno de los plazos resultara impagado, la entidad cobrará una comisión, en la que no se incluyen los gastos de demora por ser un concepto éste, diferente.

Comisión por Novación

Ver Comisión por modificación de contratos.

Comisión por reclamación de cuotas impagadas

Es un pago, normalmente fijo, que se le hace a la entidad en el caso de haberse devuelto algún recibo o cuota en concepto de los gastos adicionales que se le generan al tener que volver a emitir el recibo. En cualquier caso hay que tener precaución porque los porcentajes que cobran son muy elevados y costosos para los clientes. Algunas asociaciones de consumidores han impugnado esta comisión ante los tribunales.

Comisiones

Porcentajes sobre el importe total del préstamo que la entidad financiera puede cobrar al prestatario, por diversos conceptos, siempre y cuando se encuentren expresamente recogidas en la escritura del préstamo.

COMISIONISTA

Persona que se emplea para vender por cuenta de otro cobrando una comisión. Ver agente y corredor inmobiliario

COMITENTE

Persona que encarga a otra (comisionista) la ejecución de ciertos actos por su cuenta.

COMODATO

Es aquel contrato mediante el cual se brinda o recibe prestado un inmueble para su uso.

Comprobación Urbanística

Es la consulta a los planes urbanísticos correspondientes a la localidad en la que está situada la finca. Se recomienda por si hubiere un plan que afectase al inmueble que se quiere adquirir.

Comunero

Copropietario.

COMUNIDAD GANACIAL

Régimen económico del matrimonio, establecido como supletorio en defecto de pacto en los territorios sometidos al ámbito del Código Civil. Se caracteriza por la coexistencia constante en el matrimonio de tres patrimonios diferenciados; bienes privativos del marido, bienes privativos de la mujer, y aquellos adquiridos de forma conjunta por ambos, y pertenecientes a la sociedad de gananciales.

Concursar

Participar en un acto.

CONCURSO

Procedimiento para cubrir un puesto de trabajo.

CONCURSO DE ACREEDORES

Procedimiento judicial previsto para los casos de realización colectiva de los bienes de un deudor, cuando éste no puede hacer frente al pago de sus deudas con el patrimonio que posee.

Condiciones de Préstamo

La Agencia Inmobiliaria pondrá a su servicio su personal especializado para estudiar el conjunto de factores a tener en cuenta para la contratación de su préstamo, comparando las ofertas de diferentes entidades, y así podrá beneficiarse de las mejores condiciones, durante toda la vida de su préstamo

CONFORMIDAD DE USO

Con este documento, la Municipalidad brinda información urbanística sobre un predio o inmueble determinado. CONTRATO DE ARRENDAM

Contingencias

Condiciones que deben tenerse en cuenta ya que pueden condicionar en gran medida la validez del contrato de hipoteca.

CONTRATO DE ARRENDAM

Es aquel documento que norma el alquiler de un inmueble entre un arrendador y un arrendatario o subarrendatario.

CONTRATO DE COMPRAVENTA

Es un contrato mediante el cual una de las partes se compromete a ceder un determinado bien y la otra a pagar un precio acordado con anterioridad.

Contribución Urbana

Es una tasa municipal de carácter anual que soporta el propietario de la vivienda o propiedad inmobiliaria, urbana o rústica. También se la conoce como IBI: impuesto de bienes inmuebles.

COPIA LITERAL (O DE DOMINIO)

Es aquel documento que indica el nombre del propietario de un inmueble determinado y es expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos.

Copropietario

Propietario de una cosa juntamente con otro u otros.

CORREDOR INMOBILIARIO

Un intermediario que pone en contacto a las partes interesadas y las asiste en las transacciones de bienes inmuebles. Presta sus servicios por una comisión o por honorarios. Ver agente y comisionista.

CRÉDITO HIPOTECARIO

Es un contrato por el que una entidad financiera abre una línea de financiación de la que el titular puede ir tomando cantidades según sus necesidades (esta es la principal diferencia con un préstamo, en este, la cantidad inicial es fija y sólo hay una entrega de dinero por parte de la entidad). El titular se obliga a devolver las cantidades que haya recibido en los plazos y condiciones pactadas entre las partes. En el caso de incumplimiento por el receptor del dinero, la entidad tiene la garantía hipotecaria con lo que pasará a ser la propietaria del bien. El crédito o se formaliza en escritura pública para poder ser inscrito en el Registro de la Propiedad. Ver préstamo hipotecario. plazos y condiciones pactadas entre las partes. En el caso de incumplimiento por el receptor del dinero, la entidad tiene la garantía hipotecaria con lo que pasará a ser la propietaria del bien. El crédito o se formaliza en escritura pública para poder ser inscrito en el Registro de la Propiedad. Ver préstamo hipotecario.

CUADRA

Lugar o construcción  donde se guarda los animales.

CUENTA VIVIENDA

Su principal característica son las interesantes ventajas fiscales que incorpora: según la legislación actual, permite desgravar en la declaración de la renta.

Cuota a pagar

Es el importe que el cliente se compromete a pagar periódicamente (mensual, trimestral o anual) a la entidad financiera que le ha concedido el préstamo, en concepto de intereses y devolución del capital prestado. Lo normal es que sea constante aunque también puede ser creciente.

Cuota constante

El importe a pagar es siempre el mismo, siempre y cuando no varíe el tipo de interés.

Cuota creciente

Se establece un porcentaje a pagar, a partir del cual la cuota va aumentando periódicamente. Al inicio de la amortización del préstamo, se paga menos, pero los intereses son, al final del periodo de amortización, sustancialmente mayores al de los demás sistemas de amortización.

Cuota de Participación

porcentaje asignado a cada vivienda o local de un edificio que implica la participación en los gastos que ésta genera en igual proporción.

Cuota decreciente

El capital amortizado es siempre el mismo, reduciéndose constantemente los intereses, y así, la cuota a pagar.

Cupón Cero

Los intereses de pagan en el momento del vencimiento, siendo la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de amortización.

 

 

 

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